Estados Unidos ha tomado la decisión final sobre los perfiles de aluminio

El 27 de septiembre de 2024,El Departamento de Comercio de EE.UU. anunciósu determinación antidumping final sobre perfiles de aluminio (extrusiones de aluminio) que importan de 13 países, incluidos China, Colombia, India, Indonesia, Italia, Malasia, México, Corea del Sur, Tailandia, Turquía, Emiratos Árabes Unidos, Vietnam y el área de Taiwán de China.

Las tasas de dumping para los productores/exportadores chinos que disfrutan de tasas impositivas separadas son del 4,25% al ​​376,85% (ajustadas del 0,00% al 365,13% después de compensar los subsidios).

La tasa de dumping para los productores/exportadores colombianos es del 7,11% al 39,54%

Las tasas de dumping para los productores/exportadores del Ecuador 12,50% a 51,20%

La tasa de dumping para los productores/exportadores indios es del 0,00% al 39,05%.

La tasa de dumping para los productores/exportadores indonesios es del 7,62% al 107,10%

La tasa de dumping para los productores/exportadores italianos es del 0,00% al 41,67%

La tasa de dumping para los productores/exportadores de Malasia es del 0,00% al 27,51%.

La tasa de dumping para los productores/exportadores mexicanos fue de 7.42% a 81.36%

La tasa de dumping de los productores/exportadores coreanos es del 0,00% al 43,56%.

La tasa de dumping de los productores/exportadores tailandeses es del 2,02% al 4,35%

Las tasas de dumping de los productores/exportadores turcos son del 9,91% al 37,26%

Las tasas de dumping para los productores/exportadores de los EAU son del 7,14% al 42,29%

La tasa de dumping de los productores/exportadores vietnamitas fue del 14,15% al ​​41,84%

Las tasas de dumping del área de Taiwán de los productores/exportadores regionales de China son del 0,74% (rastros) al 67,86%

Al mismo tiempo, China, Indonesia,México y Turquía tienen las tasas de asignación,respectivamente, 14,56% a 168,81%, 0,53% (mínimo) a 33,79%, 0,10% (mínimo) a 77,84% y 0,83% (mínimo) a 147,53%.

Se espera que la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (USITC) adopte una decisión final sobre los daños antidumping y compensatorios de la industria contra los productos mencionados anteriormente el 12 de noviembre de 2024.

Las mercancías involucradas en el código arancelario en los Estados Unidos son las siguientes:

7604.10.1000, 7604.10.3000, 7604.10.5000, 7604.21.0000,

7604.21.0010, 7604.21.0090, 7604.29.1000,7604.29.1010,

7604.29.1090, 7604.29.3060, 7604.29.3090, 7604.29.5050,

7604.29.5090, 7608.10.0030,7608.10.0090, 7608.20.0030,

7608.20.0090,7610.10.0010, 7610.10.0020, 7610.10.0030,

7610.90.0040, 7610.90.0080.


Hora de publicación: 10 de octubre de 2024